La Audiencia Nacional ha reconocido una indemnización de 5.000 euros a un hombre que permaneció 196 días en prisión preventiva y posteriormente fue absuelto.
El tribunal aplica las pautas fijadas por el Tribunal Supremo (STS 28/09/2020) tras la reforma del art. 294.1 LOPJ, teniendo en cuenta:
- El tiempo privado de libertad.
- La edad del afectado (60 años).
- Su estado de salud.
- La separación de su familia en fechas significativas.
El demandante pedía una compensación mayor alegando lucro cesante por su actividad empresarial en el sector pesquero y otros perjuicios (comparecencias judiciales, medidas cautelares, gastos procesales). La Sala rechaza estos conceptos al no estar probados los ingresos perdidos ni acreditado un error judicial, requisito necesario para reclamar en esos supuestos.
En conclusión, se reconoce la compensación de 5.000 € en línea con los criterios del Supremo, pero no por lucro cesante ni otros daños alegados.
Fuente: noticias.juridicas.com




