Una paciente que sufrió una lesión durante la extracción de una muela debido a la rotura de un instrumento dental demandó tanto al dentista como a la clínica en busca de una indemnización. La Audiencia Provincial de Barcelona, en una sentencia del 4 de diciembre, resolvió el caso diferenciando la responsabilidad del profesional y la de la clínica dental.
Durante la intervención, el instrumento de extracción se rompió, dejando un fragmento metálico alojado en el fondo del alvéolo dental, cerca del conducto dentario.
La paciente interpuso una demanda por asistencia sanitaria defectuosa, reclamando indemnización tanto al dentista como a la clínica.
- El dentista, absuelto
- El Juzgado de Primera Instancia desestimó la demanda contra el dentista, al considerar que no hubo mala praxis.
- No se demostró que la rotura del instrumental se debiera a un uso indebido o fuerza excesiva.
- La prueba pericial acreditó que el defecto del instrumento no era visible a simple vista, eximiendo al profesional de responsabilidad.
- La clínica, condenada
- La Audiencia Provincial estimó parcialmente el recurso de la paciente y condenó a la clínica dental.
- Se consideró que la clínica no probó que el instrumental hubiera pasado los controles de calidad, ni su antigüedad, ni que cumpliera con los requisitos exigibles.
- Al tratarse de un contrato de prestación de servicios, donde la paciente es consumidora, correspondía a la clínica demostrar que cumplía con todas las exigencias reglamentarias.
El tribunal concluyó que el dentista no debía responder por un defecto no visible en el material, pero sí la clínica, al no garantizar que el instrumental estuviera en condiciones óptimas.
Esta sentencia subraya la importancia de los controles de calidad en los centros odontológicos y marca un precedente sobre la responsabilidad en casos de accidentes con instrumental defectuoso.
Fuente: noticias.juridicas.com




