El Gobierno elevará de 14 a 16 años la edad para tener redes sociales y creará la orden de alejamiento online
El Gobierno ha aprobado el Anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales, elevando la edad mínima para tener una cuenta en redes sociales de 14 a 16 años. Esta medida busca garantizar los derechos de los menores en el ámbito digital, como la intimidad, el honor, la propia imagen, y la protección de sus datos personales, además de asegurar el acceso a contenidos adecuados para su edad.
Principales medidas del Anteproyecto:
- Aumento de la edad mínima: La edad mínima para tener una cuenta en redes sociales se incrementa de 14 a 16 años, y también se eleva a 16 años la edad mínima para consentir el tratamiento de datos personales.
- Delitos y sanciones: Se tipifica como delito la difusión sin autorización de imágenes pornográficas generadas por inteligencia artificial (IA), y se regula el alejamiento online para proteger a los menores de contactos indeseados en el entorno digital.
- Educación y sensibilización:
- Estrategia Nacional: Los poderes públicos deben elaborar una Estrategia Nacional sobre la protección a la infancia y la adolescencia en el entorno digital.
- Campañas de sensibilización: Se impulsarán campañas sobre los derechos de los menores y los riesgos del entorno digital, con especial énfasis en el consumo de material pornográfico.
- Investigación y educación: Se fomentará la investigación sobre los efectos de la tecnología en el desarrollo cognitivo de los menores y se implementarán planes de formación en ciudadanía digital y alfabetización mediática.
- Obligaciones para empresas tecnológicas:
- Sistemas de control parental: Los dispositivos digitales deben contar con sistemas de control parental activados por defecto y un etiquetado informativo sobre sus riesgos.
- Loot boxes: Se prohíbe el acceso de menores a mecanismos aleatorios de recompensa en videojuegos y plataformas.
- Responsabilidad de influencers: Los influencers deben avisar de forma inequívoca cuando el contenido que difunden sea potencialmente perjudicial para los menores.
- Adaptación del marco legal:
- Delitos emergentes: Se tipifican delitos como los deepfakes pornográficos y se introduce el grooming (engaño online a menores) como circunstancia agravante en delitos contra la libertad sexual de menores.
- Protección reforzada: Se refuerza la tipificación de la difusión de material pornográfico a menores y se introducen medidas específicas para la prevención y atención especializada a menores con patologías asociadas al uso inadecuado de dispositivos.
Participación y colaboración:
El Anteproyecto de Ley ha sido impulsado por el Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, en colaboración con el Ministerio de Juventud e Infancia, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y el Ministerio de Transformación Digital y de la Función Pública.
Objetivo de la norma:
El objetivo principal de esta normativa es crear un entorno digital seguro y saludable para los menores, fomentar el uso responsable de la tecnología, y garantizar una adecuada protección de sus derechos en el ámbito digital.
Fuente: noticias.juridicas.com