Hasta ahora, la justicia solía reducir las indemnizaciones en un 25% cuando un motorista fallecía sin llevar el casco. Sin embargo, en una reciente y contundente sentencia, el Tribunal Supremo ha elevado esa reducción al 50%. Esta decisión supone un giro jurisprudencial que afecta directamente a los herederos de las víctimas en accidentes de tráfico.
El cambio de criterio: La «contribución al resultado»
El caso analizado involucra un accidente donde la culpa del choque fue exclusivamente del conductor de un coche. Sin embargo, el motorista falleció a causa de un traumatismo craneoencefálico y no hacía uso del casco.
¿Por qué el Supremo ha decidido quitarle la mitad de la indemnización a la familia?
- Evitabilidad del fallecimiento: Los informes periciales médicos fueron determinantes. El tribunal concluyó que, de haber llevado el casco, la probabilidad de sobrevivir al impacto habría sido altísima.
- Negligencia grave de la víctima: No usar el casco no es solo una infracción administrativa; es una omisión del deber de cuidado tan grave que el Supremo considera que la víctima es «corresponsable» del desenlace fatal en la misma medida que el conductor que causó el choque.
¿Qué significa esto para las familias y los seguros?
Esta sentencia cambia las reglas del juego en las negociaciones con las aseguradoras:
- Reparto equitativo de culpas: El tribunal aplica un criterio de 50/50. El conductor es responsable del accidente, pero la víctima es responsable de no haberse protegido frente a las consecuencias de ese accidente.
- Un incentivo para las aseguradoras: Con esta jurisprudencia en la mano, las compañías de seguros serán mucho más agresivas a la hora de recortar las indemnizaciones si detectan que no se usaron elementos de seguridad (casco, cinturón o sistemas de retención infantil).
- La importancia de la autoprotección: La justicia ya no solo castiga el error del que causa el daño, sino que penaliza severamente a quien, pudiendo evitar su propia muerte con un gesto tan simple como abrocharse el casco, decide no hacerlo.
¿Se aplica a todos los casos?
No necesariamente. Para que se aplique esta reducción del 50%, debe demostrarse mediante peritaje médico y reconstructivo que:
- La causa de la muerte fue precisamente la lesión que el casco habría evitado (el golpe en la cabeza).
- Si la víctima hubiera muerto igual por otras lesiones (como daños en órganos internos), la reducción de la indemnización debería ser mucho menor o inexistente.
El Tribunal Supremo deja de considerar la falta de casco como una circunstancia secundaria para elevarla a una negligencia de primer orden. La pérdida de la mitad de la indemnización es un golpe económico durísimo para las familias, que se suma a la tragedia personal, reforzando la idea de que en la carretera la seguridad no es opcional.
Si te encuentras en un proceso de reclamación por un accidente donde se discute el uso de elementos de seguridad, contar con un perito médico forense es ahora más crucial que nunca para determinar hasta qué punto la falta de casco influyó realmente en el fallecimiento.
Fuente: Economist & Jurist / Tribunal Supremo




