El Tribunal de Justicia de la UE ha dictaminado que un usuario puede perder el derecho a recuperar el dinero de una operación bancaria no autorizada si tarda injustificadamente en avisar a su banco, incluso si lo hace dentro del plazo legal de 13 meses.
En el caso analizado, un cliente comunicó retiradas de efectivo sospechosas casi dos meses después de detectarlas. El TJUE aclara que la normativa exige avisar “sin demora injustificada” desde que se tiene conocimiento del cargo, y no solo respetar el límite máximo de 13 meses.
El objetivo es prevenir fraudes y minimizar el impacto de operaciones indebidas. El reembolso puede denegarse si se demuestra negligencia grave o actuación deliberada del cliente en el retraso. En operaciones repetidas, cada una debe evaluarse por separado: solo se pierde el derecho al reembolso de aquellas notificadas tarde con conocimiento o negligencia.
El fallo refuerza la necesidad de revisar periódicamente las cuentas y actuar de inmediato ante movimientos no reconocidos.
Fuente: noticias.juridicas.com




