El Tribunal Supremo consolida el principio “a igual trabajo, igual salario” en la Inspección de Trabajo

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Los inspectores de trabajo han celebrado una reciente sentencia del Tribunal Supremo que refuerza el principio de igualdad retributiva en el seno del propio cuerpo de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha validado criterios que obligan a respetar la igualdad salarial cuando se realizan trabajos de igual valor, sin que puedan justificarse diferencias salariales por motivos ajenos a la propia actividad profesional.

El principio “a igual trabajo, igual salario”

El Alto Tribunal ha reiterado que la igualdad salarial es un principio clave tanto del ordenamiento interno como de la normativa europea, de aplicación directa en el ámbito laboral y de empleo público. En el contexto analizado, la sentencia corrige prácticas retributivas que provocaban desigualdades entre inspectores y subinspectores que desempeñaban funciones equivalentes.

El Supremo rechaza que puedan establecerse diferencias retributivas significativas basándose en la denominación del puesto o en categorías formales, cuando la naturaleza, valor y responsabilidad de las funciones desarrolladas sean equivalentes.

Los inspectores han valorado positivamente que el Supremo haya consolidado esta doctrina, porque aporta:

  • Seguridad jurídica interna: clarifica que las diferencias retributivas deben justificarse de forma objetiva y proporcional, no en razón de jerarquías o adscripción orgánica sin relación funcional.
  • Protección del principio de igualdad: se refuerza un criterio que pretende evitar discriminaciones salariales arbitrarias dentro del mismo cuerpo.
  • Armonización con la normativa europea: el Supremo sigue el mandato de la jurisprudencia comunitaria sobre igualdad salarial y ausencia de discriminación indirecta.

La sentencia contribuye a consolidar el principio de igualdad retributiva dentro del propio sector público, estableciendo que, incluso en cuerpos especializados como el de la Inspección de Trabajo, no pueden mantenerse diferencias de salario injustificadas entre quienes desempeñan trabajos de igual valor. Esta doctrina se alinea con los principios constitucionales de igualdad y con los estándares europeos en materia de empleo y relaciones laborales.

Fuente: confilegal.com

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