El TSJ de Galicia reconoce el derecho al teletrabajo a una profesora con inmunodeficiencia

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El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha reconocido el derecho al teletrabajo de una profesora con inmunodeficiencia común variable, al considerar que su condición médica le impide desarrollar sus funciones de forma presencial en centros escolares, pero no la incapacita para desempeñar su labor docente en remoto.

No apta para el entorno escolar, pero sí para teletrabajar

La profesora, que padece además de inmunodeficiencia otras dolencias como hipotiroidismo autoinmune, trastorno de ansiedad generalizado y antecedentes quirúrgicos por hernias, fue calificada como «no apta» para desempeñar su puesto presencialmente por el informe de evaluación de salud. Este mismo informe recomendaba expresamente evitar ambientes cerrados y concurridos, como aulas escolares, y tareas que requirieran estar de pie mucho tiempo.

Pese a esta valoración médica, la administración educativa no propuso ninguna alternativa ni evaluó la posibilidad de adaptar su puesto de trabajo, limitándose a declarar que no podía trabajar presencialmente, sin más medidas.

Obligación de adaptación

El TSXG aclara que la patología de la docente no supone una incapacidad absoluta, sino una limitación para ejercer presencialmente en entornos escolares. En estos casos, la obligación de adaptar el puesto de trabajo recae en el empleador, que debe valorar opciones viables como el teletrabajo o el cambio de tareas, conforme a criterios de proporcionalidad y buena fe.

Además, la sentencia subraya que no corresponde a la trabajadora definir qué tareas puede desempeñar desde casa, sino a la administración como empleadora, que tiene el deber de organizar el trabajo y proponer medidas de adaptación razonables, siempre que no supongan una carga desproporcionada.

Inacción de la Xunta de Galicia

En lugar de cumplir con esta obligación, la Xunta no planteó ninguna adaptación posible ni justificó por qué no podía articular tareas compatibles con la modalidad remota. Por tanto, el tribunal considera que se ha vulnerado el derecho de la trabajadora a una protección eficaz de su salud, así como el principio de igualdad y no discriminación por razones de discapacidad.

Fallo a favor de la docente

El TSXG confirma la condena a la administración gallega, instándola a implementar las medidas necesarias para que la profesora pueda continuar con su labor docente en régimen de teletrabajo, sin contacto con alumnado y respetando sus derechos laborales y sanitarios.

Fuente: noticias.juridicas.com

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