El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJ) ha dictado una sentencia clave que afecta directamente al cobro de honorarios por parte de los registradores de la propiedad en España. La resolución anula la minuta emitida por un registrador de Valencia a una promotora inmobiliaria por la subrogación de hipotecas a los compradores de viviendas, al considerar que se ha aplicado de forma indebida una instrucción administrativa.
La Sala de lo Contencioso-administrativo considera que la Dirección General de los Registros y del Notariado interpretó erróneamente una norma destinada exclusivamente a operaciones de subrogación hipotecaria vinculadas al saneamiento de entidades financieras. Sin embargo, este criterio estaba siendo aplicado también a subrogaciones, cancelaciones y novaciones hipotecarias en contextos ordinarios, provocando un aumento injustificado de los costes para particulares y empresas.
Según el TSJ, esta práctica ha supuesto incrementos de entre un 60% y un 70% sobre los honorarios legalmente previstos, vulnerando la normativa vigente en materia arancelaria.
El Colegio de Registradores, por su parte, ha manifestado su disconformidad con la sentencia, aunque ha expresado su respeto hacia la misma. Además, ha criticado el tono del comunicado emitido por el TSJ de Madrid, considerando que generaliza los efectos de la sentencia más allá del caso concreto juzgado.
Esta resolución marca un precedente importante para futuras reclamaciones frente a cobros indebidos en inscripciones registrales y refuerza la necesidad de una interpretación restrictiva de las normas excepcionales en materia hipotecaria.
Fuente: diariolaley.laleynext.es


