Financiación de vehículos y falta de transparencia: cuando el interés real no es el que parece

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La financiación en la compra de vehículos es una práctica habitual, pero no siempre transparente. Aunque en muchos contratos se fija un tipo de interés aparentemente moderado —por ejemplo, entre el 5 % y el 10 %—, el coste real del crédito puede ser muy superior debido a la inclusión de seguros de prima única, comisiones de apertura y otros gastos accesorios que elevan notablemente la TAE.

TIN vs. TAE: la clave del engaño

El TIN (Tipo de Interés Nominal) solo refleja el interés pactado, mientras que la TAE (Tasa Anual Equivalente) incluye, además, comisiones, seguros y gastos vinculados al préstamo. El problema surge cuando estos costes adicionales no se explican de forma clara ni comprensible, dificultando que el consumidor conozca cuánto acabará pagando realmente.

Doctrina judicial reciente

La letrada Sara Bernardo ha puesto de relieve esta problemática apoyándose en la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Gijón, de 12 de enero de 2026, que sigue la línea marcada por la SAP Asturias (Sección 7ª) de 5 de julio de 2022, relativa a tarjetas revolving.

En el caso analizado:

  • El contrato fijaba un interés del 9,16 %.
  • El coste real del crédito alcanzó una TAE del 16,88 %.
  • El vehículo costaba 19.400 euros, pero el consumidor acabó pagando 27.308,33 euros.
  • El juzgado condenó a la financiera a devolver 7.908,33 euros, correspondientes a lo abonado en exceso sobre el capital prestado.

Obligaciones de las entidades financieras

La sentencia recuerda que las financieras deben cumplir estrictamente sus deberes de transparencia y diligencia, entre ellos:

  • Evaluar la solvencia financiera del consumidor.
  • Facilitar un ejemplo representativo del funcionamiento del crédito.
  • Presentar un cuadro de amortización claro.
  • Explicar las cuotas conforme a los criterios del Banco de España.
  • No presuponer que el consumidor comprende conceptos técnicos como TAE o TIN.

La jurisprudencia confirma que no basta con fijar un interés aparentemente razonable si el coste real del crédito queda oculto tras seguros y comisiones. Cuando falta transparencia, el contrato puede ser sancionado, obligando a la financiera a restituir las cantidades cobradas en exceso.

Este tipo de resoluciones refuerza la protección del consumidor frente a prácticas que, bajo una apariencia legal, encarecen de forma significativa la financiación de vehículos.

Fuente: economistjurist.es

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