Será a partir del 4 de noviembre de 2023, según un acuerdo alcanzado por el Gobierno y la Conferencia Episcopal. Este acuerdo tiene como objetivo armonizar el régimen fiscal de la Iglesia Católica con el régimen fiscal aplicable a las entidades sin ánimo de lucro.
La medida se implementa mediante la Orden HFP/1193/2023, de 31 de octubre, que deroga la exoneración del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que anteriormente disfrutaba la Iglesia Católica. Esta exoneración estaba contemplada en la Orden de 5 de junio de 2001, la cual queda sin efecto con la nueva orden ministerial.
A pesar de que el Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, firmado el 3 de enero de 1979, no mencionaba específicamente el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, el Tribunal Supremo determinó que la exención contemplada en dicho acuerdo se aplicaba a este impuesto local. Por lo tanto, la derogación de la orden ministerial implica que la Iglesia Católica deberá comenzar a pagar este impuesto a partir del 4 de noviembre de 2023.
El acuerdo entre la Iglesia y el Gobierno se formalizó el 29 de marzo de 2023 mediante un canje de notas entre el Gobierno y la Nunciatura Apostólica, en el que se acordó la renuncia a las exenciones en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y en las Contribuciones Especiales previstas en el mencionado Acuerdo sobre Asuntos Económicos.
En resumen, la Iglesia española comenzará a pagar el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras a partir del 4 de noviembre de 2023, en virtud de la derogación de la orden ministerial que establecía su exoneración.
Fuente: noticias.juridicas.com