La Inspección vigilará las extinciones de contrato por no superar el periodo de prueba (2025-2027)

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El Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025/2027 (BOE, 12 de septiembre de 2025) incorpora como prioridad el control de las extinciones de contratos indefinidos por no superar el periodo de prueba, figura que ha aumentado de forma significativa tras la desaparición del contrato de obra con la Reforma Laboral.

La ITSS pondrá el foco en posibles fraudes de ley, especialmente en los siguientes supuestos:

  • Uso reiterado o sistemático de esta causa extintiva por parte de una empresa.
  • Extinción recurrente para un mismo puesto o persona trabajadora.
  • Extinción acordada tras haber expirado la duración máxima del periodo de prueba.

Aunque el art. 14 del ET permite extinguir el contrato en periodo de prueba sin motivación (salvo excepciones tasadas, como embarazo), tanto la Inspección como los tribunales podrán apreciar fraude cuando la empresa abuse de esta facultad. El Tribunal Supremo ya ha recordado (STS 23-09-2021) que el desistimiento empresarial en periodo de prueba debe ajustarse a la buena fe contractual y no puede convertirse en un mecanismo para eludir la estabilidad en el empleo o el pago de indemnizaciones.

En definitiva, la Inspección intensificará la detección de abusos y podrá sancionar a las empresas que utilicen esta vía de forma fraudulenta para evitar los efectos propios de la contratación indefinida.

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Leticia Fernández García 2026 © Todos los derechos reservados