La mayoría de edad de los hijos extingue el derecho de uso de la vivienda familiar

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La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado que el derecho de uso de la vivienda familiar otorgado a uno de los progenitores y a los hijos tras un divorcio se extingue cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, de acuerdo con el artículo 96 del Código Civil (tras la reforma de la Ley 8/2021).

El caso se remonta a un divorcio de 2012 en el que la madre y las hijas quedaron con el uso de la vivienda. El padre solicitó la extinción en 2023, obteniendo una resolución favorable. La Audiencia ha rechazado el recurso de la madre, quien pedía mantener el uso de la vivienda, y ha ratificado que, al alcanzar la hija menor la mayoría de edad, se procederá a la venta del inmueble o a su adjudicación a uno de los progenitores, con la correspondiente compensación económica para el otro.

El tribunal recuerda que la jurisprudencia actual considera la mayoría de edad de los hijos como límite objetivo del derecho de uso. La sentencia también desestima la petición de custodia compartida y condena a la madre al pago de las costas procesales.

La resolución es firme, si bien cabe recurso de casación si se acredita interés casacional.

Fuente: noticias.juridicas.com

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