El Reglamento (UE) 2024/1347 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de mayo de 2024, establece normas uniformes para la concesión de protección internacional en materia de asilo en todos los Estados miembros de la UE. Este reglamento tiene como objetivo asegurar que se apliquen criterios comunes para identificar a las personas necesitadas de protección internacional y garantizar que los beneficiarios tengan un conjunto común de derechos en toda la Unión Europea.
Objetivos y Aplicación del Reglamento
El principal objetivo es asegurar la aplicación de criterios comunes para la identificación de personas necesitadas de protección internacional y que los beneficiarios disfruten de derechos uniformes en todos los Estados miembros. El reglamento establece los requisitos para el reconocimiento de nacionales de terceros países o apátridas como beneficiarios de protección internacional y define el contenido de dicha protección. También modifica la Directiva 2003/109/CE del Consejo y deroga la Directiva 2011/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo.
Evaluación de las Solicitudes de Protección Internacional
El reglamento contiene normas uniformes sobre los criterios para conceder protección internacional y las normas para la acogida de los solicitantes de asilo. Establece la forma de presentación de las solicitudes y la evaluación de hechos y circunstancias. Los temores fundados de persecución o el riesgo de sufrir daños graves pueden basarse en eventos ocurridos desde que el solicitante dejó su país de origen o en actividades realizadas desde entonces, especialmente si estas actividades son una expresión de convicciones mantenidas en su país de origen.
Protección Efectiva y No Temporal
El reglamento define quiénes pueden ser agentes de persecución o causantes de daños graves y los agentes de protección, que pueden incluir al Estado o a autoridades no estatales estables y organizaciones internacionales que controlen una parte significativa del territorio y puedan ofrecer protección efectiva y no temporal. Si el Estado o sus agentes son los causantes de persecución, se presupone que el solicitante no tiene protección efectiva, y la autoridad decisoria no necesita examinar si existe una alternativa de protección interna a menos que el riesgo derive claramente de un agente con competencia limitada a una zona específica.
Requisitos para el Reconocimiento del Estatuto de Refugiado
Un acto se considerará persecución si constituye una violación grave de los derechos humanos fundamentales o una acumulación de medidas suficientemente graves. Los actos de persecución pueden incluir violencia física o psíquica, medidas discriminatorias, penas desproporcionadas o discriminatorias, denegación de recursos judiciales adecuados, y actos contra personas por razones de género o contra menores.
Requisitos para la Protección Subsidiaria
La protección subsidiaria se concede a quienes no califican como refugiados pero enfrentan riesgos graves si regresan a su país de origen, como pena de muerte, tortura, o amenazas graves en situaciones de conflicto armado. Se excluyen de esta protección quienes hayan cometido crímenes graves o sean considerados peligros para la seguridad nacional.
Derechos y Obligaciones de los Beneficiarios
Los beneficiarios de protección internacional tendrán derechos y obligaciones regulados por el reglamento, incluyendo el principio de no devolución, derechos de residencia y estancia, acceso a la educación, asistencia social y sanitaria, y el derecho a la integración y reunificación familiar. Los permisos de residencia tendrán un período de validez inicial de al menos tres años para refugiados y un año para quienes reciben protección subsidiaria, con renovaciones de tres y dos años respectivamente.
Entrada en Vigor
El Reglamento (UE) 2024/1347 entrará en vigor el 11 de junio de 2024 y será aplicable a partir del 1 de julio de 2026. Este reglamento busca una armonización más efectiva de las políticas de asilo en la UE, proporcionando un marco claro y uniforme para la concesión de protección internacional y los derechos asociados a la misma.
Fuente: noticias.juridicas.com