El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha elevado a prisión permanente revisable la condena impuesta a un policía local por el asesinato de un familiar cometido con la finalidad de beneficiarse de la herencia, agravando la pena inicialmente fijada en 39 años de prisión por la Audiencia Provincial de Madrid.
Hechos probados
Los magistrados consideran acreditado que el acusado causó la muerte de la víctima en febrero de 2020, arrojándola por las escaleras, en un contexto claramente vinculado a intereses económicos y sucesorios. La Sala destaca que la motivación patrimonial fue determinante en la comisión del crimen.
Fundamento de la prisión permanente revisable
El TSJM estima parcialmente la impugnación de la acusación particular y aprecia la concurrencia de los requisitos que justifican la imposición de la pena más grave prevista en el ordenamiento penal español, al tratarse de un asesinato especialmente cualificado.
El tribunal descarta cualquier vulneración del derecho a la presunción de inocencia y avala la correcta valoración de la prueba realizada en la instancia, confirmando además las condenas por:
- Un delito de homicidio en grado de tentativa.
- Dos delitos de falsedad documental.
Consecuencias civiles y sucesorias
La sentencia recuerda que, conforme al Código Civil, quien ha sido condenado por causar la muerte del causante queda legalmente excluido de la herencia. Este principio de indignidad sucesoria resulta plenamente aplicable en el caso, dada la acreditada finalidad de obtener un beneficio patrimonial con el crimen.
El fallo del TSJM refuerza la respuesta penal frente a los crímenes cometidos por móvil económico, subrayando que el asesinato para heredar no solo conlleva las máximas consecuencias penales, sino también la pérdida automática de cualquier derecho sucesorio, cerrando cualquier beneficio derivado del delito.
Fuente: noticias.juridicas.com




