Las órdenes de alejamiento son barreras legales diseñadas para garantizar la seguridad de las víctimas de violencia de género. Cuando un investigado o condenado decide ignorar esta restricción, la respuesta judicial es inmediata y severa. Un tribunal ha dictado una pena de un año de cárcel para un hombre que no solo se aproximó a su expareja, sino que llegó a acceder al interior de su domicilio sin su consentimiento.
El caso: Doble infracción penal en un solo acto
El acusado tenía dictada una orden judicial en vigor que le prohibía explícitamente comunicarse o aproximarse a su expareja a una distancia determinada. Saltándose esta prohibición, el hombre acudió al domicilio de la mujer y logró entrar en el inmueble sin que ella le hubiera dado permiso para hacerlo.
La justicia ha castigado este comportamiento persiguiendo dos delitos diferenciados que se cometieron de forma simultánea:
- Delito de quebrantamiento de medida cautelar: El mero hecho de recortar la distancia física impuesta por el juez penaliza el desacato a la autoridad judicial. No importa si la víctima accede a hablar o si no hay violencia física; la orden del juez se ha violado.
- Delito de allanamiento de morada: El domicilio es un espacio sagrado protegido por la Constitución. Entrar en una vivienda ajena (aunque sea la de una expareja) en contra de la voluntad de quien la habita agrava drásticamente la tipificación del delito y eleva las penas de prisión.
Las claves jurídicas de la firmeza judicial
Esta sentencia refleja el criterio unificado y estricto que aplican los tribunales en el ámbito de la violencia sobre la mujer:
- El consentimiento de la víctima no excusa el quebrantamiento: Incluso en supuestos donde la víctima acceda a que la expareja se acerque o le deje entrar (que no es este caso), la jurisprudencia aclara que el obligado a cumplir la orden es el investigado. El perdón de la víctima no anula la orden del juez.
- Peligrosidad intrínseca: La justicia entiende que vulnerar el espacio íntimo del domicilio de la víctima eleva el riesgo de agresión a niveles críticos, lo que justifica la imposición de penas privativas de libertad de forma efectiva.
- Antecedentes y reincidencia: En este tipo de procedimientos, el incumplimiento flagrante suele cerrar la puerta a posibles suspensiones de la pena, obligando al infractor a ingresar en prisión.
Esta resolución judicial lanza un mensaje inequívoco: las órdenes de alejamiento no son meras recomendaciones de conducta. Su incumplimiento se persigue de oficio y el coste de vulnerar la paz familiar y las decisiones de los tribunales se paga con la cárcel. La sentencia refuerza la protección de las víctimas en el lugar donde deben sentirse más seguras: su propio hogar.
Si cuenta con una medida de protección a su favor y detecta el más mínimo acercamiento o intento de contacto por parte de su expareja, debe ponerlo en conocimiento de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado de inmediato para activar el protocolo de detención por quebrantamiento.
Fuente: El Derecho




