El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra ha exonerado a dos personas de deudas que suman más de 15 millones de euros aplicando la Ley de la Segunda Oportunidad. En concreto, se trata de dos autos en los que se exoneran deudas de 7.993.790 y 7.316.050 euros, respectivamente. Ambas personas habían solicitado la declaración de concurso ante el órgano judicial, y la magistrada ha acordado la conclusión de los concursos sin masa debido a la insuficiencia de activos para satisfacer los créditos.
Contexto y Procedimiento
Exoneración de 7.993.790 Euros
En el primer caso, la deuda proviene de avales y fianzas personales otorgados por el deudor cuando era socio de una empresa. Estos avales y fianzas fueron solicitados a entidades bancarias para financiar la compañía.
Exoneración de 7.316.050 Euros
En el segundo caso, la deuda se originó debido a la anterior actividad del deudor como autónomo. Esto incluye préstamos, créditos y, especialmente, el afianzamiento solidario a la empresa que administraba.
Nueva Regulación y Derecho a la Exoneración
La magistrada subraya en los autos que la nueva regulación de la Ley de la Segunda Oportunidad contempla la exoneración del pasivo como un derecho del deudor, no solo como un beneficio. Esto implica que, en caso de oposición a la exoneración, son los acreedores quienes deben probar la existencia de circunstancias que impidan o excepcionen dicho derecho.
Falta de Oposición
En ambos casos, ni la administración concursal ni los acreedores presentaron oposición a la solicitud de exoneración. Según el artículo 502 del texto refundido de la Ley Concursal, y tras verificar que se cumplían los requisitos y presupuestos legales, la jueza concedió la exoneración del pasivo insatisfecho en las resoluciones que declaran la conclusión de los concursos.
Procedimiento Legal
Tras la declaración de los concursos sin masa, no se solicitó la designación de un administrador concursal dentro del plazo de quince días establecido, lo que llevó a la conclusión de los concursos. Este procedimiento está enmarcado dentro de la normativa de la Ley de la Segunda Oportunidad, que facilita a las personas endeudadas la posibilidad de empezar de nuevo tras una situación de insolvencia, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos.
Fuente: noticias.juridicas.com