Una Financiera Sancionada con Más de 1.600 Euros por Reincidir en Contratos Usurarios

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de El Vendrell (Tarragona) ha impuesto una sanción económica de 1.653,88 euros a una entidad financiera por incurrir reiteradamente en prácticas de usura, actualizando el importe previsto en el artículo 5 de la Ley de la Usura para mantener su función disuasoria.

Un caso de microcrédito con intereses desorbitados

La sentencia responde a la demanda interpuesta por una consumidora que solicitó un microcrédito de 350 euros a devolver en 62 días, con una TAE del 2434,05%. La usuaria intentó resolver el conflicto extrajudicialmente en octubre de 2023, sin éxito, lo que motivó su recurso a los tribunales.

El juzgado consideró que el interés aplicado era “claramente desproporcionado”, incluso teniendo en cuenta la breve duración del préstamo. Comparó la tasa con los datos del Banco de España, que sitúan la TAE media para préstamos al consumo inferiores a un año en torno al 4,162%, estableciendo así la existencia de una práctica usuraria.

Reincidencia y aplicación del artículo 5 de la Ley de la Usura

Lo relevante en este caso es que no se trataba de un hecho aislado. La entidad ya había suscrito al menos tres contratos previamente declarados usurarios, lo que activa lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley de 1908 sobre Represión de la Usura, que contempla sanciones económicas para quienes incurran sistemáticamente en estas prácticas.

Una actualización pionera del importe de la sanción

Aunque la ley establece multas de entre 500 y 5.000 pesetas, el tribunal, con criterio innovador, ajustó el importe conforme a la inflación acumulada desde 1956, elevando la sanción a 1.653,88 euros. Esta actualización busca garantizar la eficacia disuasoria de la norma en la actualidad, adaptando su espíritu a la realidad económica de 2025.

Una sentencia con vocación protectora del consumidor

La resolución también pone el foco en la vulnerabilidad del consumidor ante cláusulas abusivas y procedimientos judiciales complejos, recordando que las entidades deben actuar con transparencia, diligencia y respeto a la normativa. Se denuncia además la actitud obstruccionista de muchas financieras frente a reclamaciones legítimas.

Esta sentencia representa un importante avance en la lucha contra la usura financiera, no solo por rescindir el contrato abusivo, sino por aplicar una sanción ejemplarizante contra la reincidencia. El fallo marca una línea jurisprudencial que fortalece la protección del consumidor y reactualiza la Ley de la Usura como herramienta eficaz frente a los excesos del crédito rápido.

Fuente: noticias.juridicas.com

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Leticia Fernández García 2025 © Todos los derechos reservados