Condenan a un Notario por Legitimar el Falso Título de «Príncipe de Marbella»

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), mediante la sentencia 326/2024, ha condenado a un notario por extender un acta de notoriedad que atribuía un inexistente título nobiliario de «Príncipe de Marbella» a un ciudadano. Este acto vulneró las normas legales que regulan la concesión de títulos nobiliarios en España y fue considerado como un caso de falsedad documental.

El Acta de Notoriedad y la Falsedad Documental

El título nobiliario español es una prerrogativa exclusiva de la monarquía y su concesión solo puede acreditarse mediante la Real Carta de Concesión, firmada por el Rey y refrendada por el Ministro de Justicia. Sin embargo, el notario extendió un acta de notoriedad que legitimaba el supuesto título principesco sin exigir ni verificar la documentación necesaria.

El tribunal señaló que las actas de notoriedad deben recoger hechos que sean de conocimiento público y estén debidamente comprobados. En este caso, el notario, actuando de manera negligente, declaró como notorio un hecho falso, al afirmar que el ciudadano ostentaba un título principesco reconocido oficialmente por el Reino de España, lo que contravenía la normativa vigente.

Publicación en el BOE y Abuso del Sistema

El notario permitió que el acta fuera publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), utilizando de manera indebida el sistema automatizado de gestión telemática regulado por la Ley 39/2015. Según el Director de la Agencia Estatal del BOE, esta publicación no tenía cabida legal, ya que no se trataba de una norma con rango de ley ni de un acto administrativo que justificara su inserción en el diario oficial.

El tribunal destacó que la publicación no tenía sentido si, como argumentó el notario, simplemente pretendía reflejar una atribución simbólica dentro de los estatutos de una asociación privada. Por el contrario, la publicación dio una apariencia de legitimidad al título, lo que podía ser utilizado como carta de presentación en actos jurídicos o sociales.

Condena al Notario y Absolución del Ciudadano

El TSJA confirmó la condena al notario por falsedad documental, señalando que este actuó de manera irreflexiva y sin la diligencia exigible, legitimando un título inexistente. Sin embargo, absolvió al ciudadano que promovió la declaración del título, quien había sido condenado en primera instancia como cooperador necesario.

El tribunal argumentó que la figura de cooperador necesario requiere una contribución esencial al delito que, en este caso, no se pudo probar. Aunque el ciudadano tuvo un papel activo en la creación de la apariencia del título, no se acreditó que influyera de manera determinante en la voluntad del notario para cometer el delito.

La sentencia subraya la responsabilidad de los notarios como operadores jurídicos para garantizar la veracidad de los actos que certifican. Además, establece que una declaración en un acta de notoriedad debe basarse en hechos probados, y no puede contradecir las disposiciones legales vigentes.

Este caso también pone en evidencia los riesgos de abuso en los sistemas automatizados de publicación oficial, subrayando la importancia de su correcta supervisión para evitar situaciones fraudulentas o contrarias a derecho.

Fuente: noticias.juridicas.com

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Leticia Fernández García 2024 © Todos los derechos reservados